Tras cuatro años de tramitación, el proyecto que fortalece el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) ya es ley de la República. Este jueves fue publicada en el Diario Oficial, pero sin facultades sancionatorias. O mejor dicho, en buen chileno, sin dientes.

Así lo determinó una serie de trámites previos que postergaron su entrada en vigencia, luego que a comienzos de julio el Tribunal Constitucional eliminara dichas herramientas que habían sido promulgadas por el Congreso Nacional, asegurando que éstas sólo podrán ser aplicadas por un “tribunal independiente y parcial”.

El director del Sernac, Lucas del Villar, destacó que esta normativa, que modifica la ley 19.496, permitirá entre otras cosas elevar las multas a las empresas que incumplan la legislación en materia de protección a los consumidores.

Este fortalecimiento permitirá al Sernac fiscalizar, comprobando y constatando infracciones a la ley, tiempos de tramitación de las demandas colectivas más reducidos y más plazo para poder denunciar: aumenta de 6 meses a 2 años el tiempo para ejercer alguna acción ante tribunales.

Manuel Melero, el presidente de la Cámara Nacional de Comercio, instancia que acudió al Tribunal Constitucional para evitar que el Sernac contara con facultades sancionatorias, valoró positivamente estas nuevas medidas.

Además, se fortalecerán las Asociaciones de Consumidores, pudiendo estas mediar y representar judicialmente a los consumidores, entre otros roles, destacó el presidente de la Odecu, Stefan Larenas.

Estas nuevas facultades comenzarán a entrar en vigencia de forma progresiva, trascurridos 12, 18 o 24 meses dependiendo de la región del país.