Este viernes se conoció la pena que recibió el conductor que, en estado de ebriedad y a exceso de velocidad, colisionó un vehículo y causó la muerte de Macarena Yévenes en la autopista que conecta Concepción y Talcahuano, en la región del Bío Bío.
Recordemos que este caso se remonta al 30 de mayo de 2025, cuando la víctima fue colisionada frontalmente por el vehículo que conducía Oliver Contreras, entonces funcionario municipal. Cuando le practicaron las pruebas, el sujeto marcó 2.26 gramos por mil de alcohol en la sangre.
Tras el juicio en su contra, donde incluso pidió perdón a la familia, el hombre fue declarado culpable del delito de conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte y este viernes se conoció su sentencia: 5 años de libertad vigilada y la inhabilitación perpetua para conducir.
¿Qué dice la Ley Emilia en estos casos?
Promulgada en septiembre de 2014, la Ley Emilia responde a una demanda ciudadana, impulsada por la trágica muerte de la pequeña Emilia Silva Figueroa a manos de un conductor en estado de ebriedad.
Esta ley impone sanciones más severas, estableciendo que cualquier conductor que, bajo los efectos del alcohol, incurra en alguno de los delitos tipificados en la ley, deberá cumplir una pena de cárcel efectiva de al menos un año, lo que ocurrió en el caso de Macarena Yévenes.
Además, aquellos que conduzcan en estado de ebriedad (0.8+) o bajo la influencia de estupefacientes o sicotrópicos, enfrentan las siguientes multas y penas:
• Si el resultado son lesiones gravísimas, la pena privativa de libertad va de 3 años y 1 día a 5 años.
• Si el resultado es la muerte, la pena privativa de libertad va de 3 años y 1 día a 10 años.
Asimismo, se considera como agravante los casos donde exista reincidencia, la licencia haya estado cancelada o con inhabilitación perpetua, o que se trate de un conductor profesional en ejercicio de sus funciones.
Señalar que en ambos casos se procede a la inhabilidad de por vida de la licencia de conducir y el comiso del vehículo, pena que también se aplicó en este caso.
¿Por qué el conductor que causó la muerte de Macarena Yévenes cumplirá su condena en libertad?
Desde el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción explicaron que se descartó la tesis de la parte querellante, la cual argumentaba que se trataría de un homicidio, considerando que no se reunían los requisitos del dolo eventual.
Dolo eventual: Se da cuando una persona es consciente de que su conducta puede causar un delito o daño grave, y aunque no busca directamente ese resultado, decide seguir adelante y lo asume.
Además, para determinar la pena aplicable, “se tuvo en consideración que concurría una circunstancia atenuante de irreprochable conducta anterior del imputado; no concurría a circunstancias agravantes; por tanto, por ley, el tramo aplicable es de 3 años y 1 día a 5 años de privación de libertad”.
“Dentro de ese tramo se aplicó la pena máxima de 5 años, considerando especialmente la extensión del mal causado, acogiendo así la pena solicitada por la acusación fiscal interpuesta por el Ministerio Público”, agregaron.
Reuniendo estos requisitos, “se concedió la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva en este caso por el mismo término de la pena impuesta, la que puede cumplir el sentenciado una vez que transcurra 1 año de privación de libertad”.
Señalar que ese año ya se cumplió, ya que se consideró el tiempo que el responsable estuvo en prisión preventiva, tiempo mínimo que exige la Ley Emilia.