La Corte de Apelaciones de San Miguel, en Santiago, ratificó el fallo que condenó a la empresa de transportes Subus Chile S.A. a pagar una multa de 50 UTM ($2.212.150) por discriminar a usuaria que utilizaba silla de ruedas.

La Segunda Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia dictada por el 27 de abril pasado, por el Segundo Juzgado de Letras de San Bernardo, que acogió la solicitud de la estudiante Jaqueline López en contra de conductores del recorrido 228 del Transantiago, quienes en diversas ocasiones no le permitieron utilizar el servicio por movilizarse en silla de ruedas, según informó un comunicado del Poder Judicial.

La resolución explica que los conductores de esta línea se rehusaron en ocasiones a llevarla y que en oportunidades el conductor no se detuvo en el lugar que correspondía para utilizar óptimamente la bajada de la silla de ruedas. Además, fue increpada por su condición.

Por esta razón, la sentencia de primera instancia había establecido la conducta discriminatoria de la empresa al negarse a transportar en reiteradas ocasiones a Jacqueline López.

Finalmente, el fallo del tribunal de alzada, sentenció que la empresa SuBus Chile no podrá privar o perturbar el derecho a trasladarse en un medio de transporte público de pasajeros basado en una condición de discapacidad.