El Fiscal Regional del Maule, Mauricio Richards, reveló este martes que la Fiscalía presentó un recurso de nulidad respecto del juicio y de la sentencia emitida por el Tribunal Oral de Cauquenes por el denominado Caso Larraín, en que se recalificó los hechos y se absolvió a los acompañantes durante el accidente, que costó la vida a Hernán Canales el pasado 18 de septiembre de 2013.
Según Richards, la decisión fue adoptada tras un análisis jurídico hecho tanto por el fiscal a cargo de la indagatoria, el fiscal jefe de Cauquenes, Juan Pablo Pereira, y de los abogados asesores del Ministerio Público.
“Tenemos la convicción de que los hechos y el comportamiento que fue descrito durante todo el juicio y toda la investigación, es constitutivo del delito de manejo en estado de ebriedad causando muerte, y que la recalificación -cuasidelito de homicidio-, que hizo el tribunal en su veredicto y en su sentencia, es errónea”, indicó el Fiscal Regional.
Asimismo, indicó que “el fallo, desde nuestro análisis -y esos planteamiento los vamos a presentar ante la corte de Talca-, adolece de una serie de errores, de una serie de situaciones donde no hay claridad en la descripción de los hechos que se dan por acreditados y del análisis de la prueba, y por lo tanto hemos impugnado el fallo por razones formales y también por cuestiones de fondo, porque estimamos que hay una errónea aplicación del derecho, tanto en la decisión de no condenar por manejo en estado de ebriedad causando muerte como también en la decisión de absolver a los acompañantes de Martín Larraín por el delito de obstrucción a la investigación”.
Si bien el tribunal cuestionó en su sentencia la ausencia de una alcoholemia para acreditar el estado de ebriedad al momento del accidente por parte del conductor del automóvil, Martín Larraín, la Fiscalía destacó que este será uno de los puntos a impugnar por el recurso de nulidad.
“Ese es uno de los puntos que estamos atacando, impugnando jurídicamente con nuestro recurso. Erróneamente el tribunal estima que no puede dar por probado el estado de ebriedad de Larraín con los elementos de juicio que se acreditaron en la audiencia y con la legislación vigente. Creemos que sí es posible hacerlo, efectivamente es una facultad que el tribunal tiene, pero el tribunal pudo haber dado por acreditado el estado de ebriedad, con el sólo hecho que Larraín se haya fugado y no hubiese prestado auxilio a la víctima. De hecho hay decisiones de otros tribunales del país en que con el sólo hecho de que una persona se fugue del lugar del accidente, se da por establecido el estado de ebriedad”, dijo Richards.
Según el Fiscal Regional, lo que corresponde es que se sancione a penas superiores a las aplicadas por el Tribunal de Cauquenes, “a lo menos de 4 años de privación de libertad y a lo menos de inhabilitación perpetua para conducir vehículos motorizados”.
En tanto respecto a los acompañantes de Martín Larraín -quienes fueron absueltos de obstrucción a la investigación-, Richards indicó que “desde el comienzo de la investigación tenemos la convicción de que estamos frente a un comportamiento muy reprochable, tanto de Larraín como de sus acompañantes, puesto que desde el primer minuto existe prueba de que se trató de obstaculizar la investigación, de dificultar que se pudiera identificar a los partícipes de este hecho”.
Asimismo, Richards agregó que “creemos que debió dictarse sentencia condenatoria o a lo menos debieron considerar que el delito en estado de frustrado, porque estas personas pusieron todo de su parte para obstaculizar la investigación, pero gracias a la acción de la policía y de personas que aportaron con datos se pudo identificar a Larraín como el conductor del jeep y el autor del atropello”.