A partir de este martes 29 de abril los yogures vendidos en España ya no tendrán “fecha de vencimiento”, sino que “fecha apropiada o preferente de consumo”.
Según señala el diario español El País, el gobierno de esa nación derogó la ley que obligaba a los fabricantes del lácteo a especificar que el producto caducaba 28 días después de su elaboración. Ahora, las empresas no sólo podrán eliminar los conceptos “caducidad” o “vencimiento”, además tendrán la libertad de determinar el periodo apropiado para consumo.
“Ya no habrá confusión para el ciudadano, que a partir de la fecha de consumo preferente deberá tomar su decisión”, señaló ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Miguel Arias Cañete, hace un mes cuando se anunció el cambio en la norma.
El objetivo principal de la medida es frenar el desperdicio de alimentos, ya que según los gobernantes la fecha de vencimiento sólo es señal de que el yogur perdió algunas propiedades como su olor o sabor, pero seguiría siendo seguro.
La nueva disposición legal se ajusta a la normativa de la Unión Europea, que también permite usar la nata para elaborar yogures cremosos.
La iniciativa también clasifica los yogures en 6 tipos: natural; natural azucarado; edulcorado; con fruta, jugos u otros; aromatizado y pasterizado después de la fermentación.
De acuerdo al diario español ABC, el Ministerio de Agricultura del país aprobó esta norma con el fin de simplificar la ley y “adecuarla las disposiciones comunitarias y a la nueva realidad del mercado”.
Además, según las autoridades, la idea era sacar restricciones que pudieran significar una desventaja para los productores de yogur españoles con respecto a sus competidores en la UE.
Sin embargo, los empresarios del rubro en el país ibérico no están muy conformes con la nueva normativa. “Creemos que la fecha de caducidad otorga más orientación al consumidor. Aunque la responsabilidad última es suya, los fabricantes consideran que en el mensaje que proporciona el plazo de caducidad es más firme”, indicó Luis Calabozo, director general de la Federación Nacional de Industrias Lácteas (Fenil), cuando se anunció la ley.
En lugar de consumo preferente, los productores preferían aumentar el periodo de caducidad de 28 a 35 días, pero esta consideración no fue tomada en cuenta.