En ausencia del sacerdote colombiano Carmelo Márquez Julio, se ratificó el fallo absolutorio luego del juicio que estableció que éste era inocente.

Tras la audiencia se refirió el fiscal Jaime Sáez, quien explicó que si bien cuentan con un lapso para poder apelar a la nulidad del caso, la instancia debe cumplir ciertas causales que le permitan a él fundamentar su petición, hecho por el cual ahora revisará en detalle la resolución a fin de poder determinar si existe o no la posibilidad de llegar ante el Tribunal de Alzada de Valdivia.

En dicha oportunidad, el juez redactor y quien dio lectura en abstracto a la resolución, determinó que la prueba de cargo presentada en la oportunidad por el fiscal especialista en delitos sexuales, Jaime Sáez, no fue suficiente como para acreditar las supuestas tocaciones de connotación sexual, acusadas por las jóvenes.

Sin embargo el persecutor manifestó que la prueba de cargo presentada, como lo son las mismas víctimas y otras jóvenes que participaron del retiro espiritual, desde su postura permitía establecer la culpabilidad del sacerdote.

Son 10 días a partir de este miécoles que el Ministerio Público tiene a su favor para determinar si existe algún punto legal a su favor, con el cual recurrirán a la Corte de Apelaciones de Valdivia para la nulidad del juicio.