La Corte Suprema desestimó el recurso presentado por TVN, que pedía invalidar la resolución de la Corte de Apelaciones que rechazaba su demanda contra la operadora de cable VTR.

La medida judicial iniciada por el canal estatal acusaba a VTR de infracción a la Ley de Propiedad Intelectual, debido a que la empresa incluye la señal abierta dentro su parrilla de pago.

La resolución determinó que no hubo infracción, ya que VTR no ha incumplido el contrato firmado en 1996 con TVN, el cual lo autorizó a difundir la señal estatal.

El recurso fue rechazado en fallo unánime por los ministro de la Primera Sala del tribunal Nibaldo Segura, Juan Araya, Guillermo Silva y Rosa María Maggi; además del abogado integrante Jorge Lagos.