El Tercer Juzgado Civil de Santiago dictó la primera sentencia en un proceso tramitado según las normas de discriminación, más conocida como ‘Ley Zamudio’.

En el fallo se acogió la denuncia presentada por 2 mujeres en contra de un motel que les prohibió el ingreso por su condición sexual.

La magistrada a cargo del caso determinó que el Motel incluyó en actos de discriminación al impedir el ingreso de las mujeres.

Por lo tanto se dispuso que el motel en cuestión deberá abstenerse de prohibir o restringir de cualquier modo el ingreso de parejas homosexuales a sus recintos.

Además de pagar una multa -a beneficio fiscal- de 50 UTM, lo que equivale a 2.010.300 mil pesos.