La Corte Suprema resolvió, finalmente, la disputa legal sostenida entre el Consejo de Defensa del Estado y el Consejo Para la Transparencia, determinando que los antecedentes que maneja el primer organismo están cubiertos por el secreto profesional de los abogados, negándose su acceso público.

En fallos divididos los ministros de la tercera sala resolvieron tres recursos de queja en contra de distintas salas de la Corte de Apelaciones de Santiago que analizaron peticiones de acceso a los antecedentes que manejaba el CDE para representar al Estado en distintos litigios.

Las sentencias determinan que los antecedentes que son entregados al CDE para representar los intereses de los distintos organismos fiscales se encuentran cubiertos por el secreto profesional de los abogados y por lo tanto se debe negar su acceso público y mantenerse en reserva.

“Es posible concluir que la relación que entabla el Consejo de Defensa del Estado con el Fisco de Chile es una relación cliente-abogado y en esta virtud los antecedentes que recaba quedan sujetos a secreto profesional, secreto que, como ya fuera establecido, forma parte del derecho a defensa garantizado en la Constitución Política de la República”, dicen los fallos.

Además se sostiene que: “basta considerar que el secreto profesional, del modo en que se ha venido conceptualizando, está garantizado a nivel constitucional y es precisado en el Código de Ética Profesional, por lo cual se vería seriamente conculcado si se admitiera que el Consejo de Defensa del Estado está obligado a remitir al Consejo para la Transparencia los antecedentes, documentación e informes que reciba para las asesorías, defensas o patrocinios que en cumplimiento de las obligaciones que le impone su ley orgánica debe asumir en favor de autoridades y órganos del Estado”.

Cabe mencionar que la determinación se adoptaron con el voto en contra del ministro Muñoz quien considera que el CDE no puede asilarse en el secreto profesional para negar acceso a la información pública.