Este miércoles la Segunda Sala de la Corte Suprema rebajó a 8 años de presidio mayor en su grado mínimo la sentencia de Robinson Mauricio Zamora González y Nicol Tamara Leiva Solís, y los absolvió del delito de inhumación ilegal, por asesinar a la menor de 3 años, Katalina Cerda, hechos ocurridos el 25 de junio de 2009 en Los Andes.

Recordar que el pasado 15 de julio, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de dicha comuna condenó a la pareja a presidio perpetuo simple, por su responsabilidad como autores del homicidio calificado de la niña.

La sentencia determina acoger la presentación al considerar que se vulneró el artículo 373, letra B del Código Procesal Penal al aplicar en el caso las agravantes de los números 7 y 4 del artículo 12 del Código Penal, es decir, el abuso de confianza y el ensañamiento, respectivamente respecto del delito de homicidio calificado.

En la sentencia se señala que “se advierte de la lectura de los pasajes transcritos de la sentencia, los jueces hacen consistir el abuso de confianza en que atendido el hecho que la madre de la menor había anunciado a los acusados que los denunciaría por los maltratos inferidos a su hija, de igual modo la dejó a su cuidado, confiada en que la cuidarían, además, de la confianza que la misma niña les tenía, por ser personas muy cercanas para ella (…)”.

Zamora y Leiva se encontraban al cuidado de la pequeña cuando le dieron muerte, llevando su cuerpo a un sector de la población Ambrosio O’Higgins para posteriormente prenderle fuego con el fin de borrar toda evidencia del asesinato.