La Corte Suprema confirmó que el Banco de Chile debe pagar una indemnización de $10.000.000 por el daño moral provocado a clienta por no borrar oportunamente sus antecedentes del boletín de deudas castigadas de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF).

En fallo dividido, los ministros de la Cuarta Sala del máximo tribunal Patricio Valdés, Gabriela Pérez, Rosa Egnem, Juan Fuentes Belmar y el abogado integrante Patricio Figueroa, acogieron el recurso de casación presentado en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que había rechazado la demanda interpuesta por Cecilia Salinas Cucullú en contra del Banco de Chile, como continuador legal del Banco A. Edwards.

El cónyuge de Salinas Cucullú, actualmente separados de hecho, adquirió en 1994 un préstamo hipotecario que no pagó, y que se saldó con el remate del inmueble en 2000. Sin embargo, los antecedentes de la mujer fueron enviados a la SBIF -entre los años 2000 y 2002- como deudora solidaria de su marido.

El fallo del máximo tribunal reafirma lo determinado por el Segundo Juzgado Civil de Santiago que determinó el daño moral provocado a la demandante por el actuar del banco.

La decisión de la Corte Suprema se adoptó con el voto en contra del ministro Fuentes, quien fue partidario de rechazar la demanda manteniendo resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago.