Este miércoles, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia aprobó la fusión entre LAN y TAM. Esta nueva aerolínea tendrá una capitalización bursátil de más de US$ 12.000 millones.
Según constata el sitio Df.cl, sólo la Corte Suprema podría invalidar esta fusión.
Recordemos que se anunció esta operación para agosto del 2013.
Sólo falta la aprobación del antimonopolios de Brasil, la que se dará a conocer en los últimos días de octubre.
Además, el Diario Financiero recoge las 11 medidas de mitigación a la que está sujeta esta operación:
1. Intercambio de 4 pares de slots diarios en el Aeropuerto de Guarullhos en Sao Paulo, de los que actualmente LAN o TAM sean titulares, con aquellas aerolíneas que tengan interés en iniciar o en incrementar servicios regulares de transporte aéreo en la ruta Santiago-Sao Paulo;
2. Extensión de los beneficios del Programa de Pasajero Frecuente de LATAM a pasajeros de una aerolínea interesada, por el plazo de 5 años y en los términos que el TDLC indica;
3. Suscribir acuerdos de interlínea en las rutas Santiago-Sao Paulo, Santiago-Río de Janeiro y/o Santiago-Asunción con aquellas aerolíneas interesadas que operen dichas rutas y que así se lo soliciten
4. No se podrá aumentar la oferta mensual de asientos disponibles en los vuelos en la ruta Santiago-Sao Paulo, en el periodo que medie entre 15 minutos antes y 15 minutos después del itinerario de vuelo correspondiente a los slots intercambiados
5. LAN deberá modificar su Plan de Autorregulación en los términos que se indican en la Resolución
6. Se deberan renunciar al menos a 1 de las 2 alianzas globales en que a esa fecha participen LAN y TAM
7. Eliminación y revisión de los acuerdos de código compartido con aerolíneas que no pertenecen a la misma alianza a que pertenezca LATAM, en las rutas y tramos intermedios que se indican
8. LAN deberá renunciar a 4 frecuencias de 5ª libertad a Lima, para que sean adjudicadas a otra aerolínea chilena, y se restringe su partición en licitaciones de nuevas frecuencias
9. Compromiso de manifestar su opinión favorable a la apertura unilateral de cielos para cabotaje en Chile por empresas aéreas de otros Estados, sin exigencias de reciprocidad
10. Compromiso de promover el crecimiento y la normal operación de los aeropuertos de Guarulhos (Sao Paulo) y Arturo Merino Benítez (Santiago), a fin de facilitar el acceso de otras aerolíneas
11. Establecer condiciones de comercialización no exclusorias con Agencias de Viajes y distribuidores, no podrán dar incentivos ni comisiones en relación con metas porcentuales de su venta total u otras medidas equivalentes.