La Corte Suprema determinó que la tienda Paris, perteneciente al grupo Cencosud, debe pagar una multa de 20 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), equivalentes a $ 755.880, y una indemnización total de $ 1.399.990 por no respetar el derecho a devolución o reposición consagrado en la Ley del Consumidor.

En fallo unánime los ministros de la Segunda Sala Jaime Rodríguez, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller y el abogado integrante Nelson Pozo determinaron que la empresa de retail debe cancelar más de 2 millones de pesos por una denuncia hecha por Walter Scheihing Olmos, quien compró un Notebook en octubre de 2007 en la tienda Paris Lyon de Santiago.

El equipo adquirido que tenía garantía por dos años, falló entre los meses dieciocho y veinte, por lo que Scheihing acudió a la tienda para hacer efectiva la garantía, sin embargo su notebook no fue reparado ni se le entregó uno nuevo en reposición.

La sentencia acogió el recurso de queja presentado contra el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que había desestimado la denuncia.

Además, se dio a conocer que en primera instancia la empresa París S.A. intentó impugnar la denuncia del cliente, sin embargo se pudo constatar gracias a los propios documentos del retail que, según señala el fallo, “los defectos en la partida de computadores, en rigor, tampoco son desconocidos por la denunciada” empresa.