La Corte Suprema anuló un juicio oral por homicidio simple, por considerar que se violaron las normas del debido proceso, al incorporar el testimonio de un policía que no fue aprobado en la preparación del juicio oral.
En fallo unánime, los ministros de la Segunda Sala Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller, y los abogados integrantes Jorge Medina y Domingo Hernández, acogieron el recurso de nulidad del juicio oral que condenó a Raúl Araya Astete a 8 años de presidio por el delito de homicidio simple, perpetrado en marzo pasado.
El máximo tribunal acogió los argumentos de la Defensoría Penal Pública, al considerar que en el juicio oral se violaron las normas del debido proceso al incorporar el testimonio del policía José Cáceres Azócar, el que había sido excluido en la audiencia de preparación de juicio oral respectiva.
El fallo señala que “En este escenario, el acusado Araya Astete fue puesto en una posición evidentemente desventajosa, afectando su derecho al debido proceso, ya que con la irregular admisión de una prueba expresamente excluida, el tribunal oral fundó una decisión jurisdiccional desfavorable a aquél, quién experimentó así el perjuicio trascendente requerido por la nulidad procesal, con quebranto de las normas relativas a la garantía ya aludida, consagrada en el artículo 19, N° 3°, inciso 5°, de la Carta Fundamental, por lo que es forzoso concluir que el fallo recaído en el asunto en estudio es nulo”.