La comisión de Constitución del Senado será la encargada de analizar la moción que modifica la Ley de Cultos con el fin de reconocer la profesión de ministro de culto religioso, de modo que le sean aplicables las normas del Código de Procedimiento Civil y de Procedimiento Penal.

La iniciativa fue presentada por los senadores Carlos Bianchi, Francisco Chahuán, Antonio Horvath y Eugenio Tuma, y propone que para todos los efectos legales dicha acreditación constituya grado profesional para el ministro de culto respectivo.

Los parlamentarios aseguraron que “la labor que desarrollan estos ministros, es de una dignidad e importancia que merece el mayor de los respetos y reconocimientos al interior de nuestra sociedad”.

En esa línea consideraron como necesario modificar el artículo 13 de la ley de culto a fin de dejar expresamente establecido que para todos los efectos legales el reconocimiento dado por la entidad religiosa a su labor, constituye el grado de profesión.

La Ley de Cultos fue dictada en Chile, luego de una intensa discusión en la cual participaron representante de los más distintos credos, quienes abogaban desde hace tiempo por parte del Estado del reconocimiento legal del principio de libertad de culto y de libertad religiosa que la Constitución Política establece.

Los parlamentarios impulsores de la iniciativa añadieron que uno de los temas en relación a las organizaciones religiosas que no ha tenido una suficiente regulación es el estatuto que entrega las directrices a los ministros de cultos, de una iglesia, confesión o institución religiosa.