El Senado aprobó por unanimidad el proyecto que modifica el Código Penal y la Ley de Violencia Intrafamiliar, para sancionar los crímenes y delitos cometidos contra el cónyuge o conviviente.
La iniciativa modifica la legislación en materia de violencia contra la mujer, aumentando las sanciones contra quienes asesinen a sus parejas o cónyuges.
La normativa establece que cuando la víctima de parricidio sea la cónyuge o conviviente se denominará femicidio, con penas de hasta 40 años de cárcel, mientras que cuando la víctima de un homicidio sea la ex conviviente, se aplicará el tipo penal de homicidio calificado, con reclusión entre 10 años y 1 día a 20 años de cárcel.
Así lo explicó la ministra de Sernam, Carmen Andrade, quien destacó la creación del nuevo tipo penal, al sostener que “se denomina femicidio a este crimen horroroso, se da una señal fuerte, porque lo que queremos es erradicar toda forma de violencia contra la mujer”.
El proyecto sanciona también de mejor forma la violencia sexual, al eliminar la exigencia de que una mujer oponga resistencia para que sea reconocida víctima de una violación.
La norma que ahora debe ser ratificada por los diputados, también elimina las barreras para investigar una violación conyugal.