El senador José Antonio Gómez (PRSD), presentó a la cámara alta un Proyecto de Ley para obligar a las AFP que informen al afiliado si su empleador no ha hecho pago o declaración de las cotizaciones, como asimismo la incorporación de un plazo legal de 6 meses para interponer acciones judiciales para el cobro de las mismas.

El texto propone dos modificaciones al Decreto Ley N° 3.500, en la que establece que “la Administradora de Fondos de Pensiones deberá informar al afiliado, mediante carta dirigida al domicilio postal o mediante correo electrónico registrado en la Administradora, que su empleador no ha cumplido con la obligación de declaración y/o pago de cotizaciones, a más tardar el último día del mes siguiente a aquél en que debió efectuarse la declaración y/o pago de las cotizaciones.”

Las AFP deberán iniciar las acciones de cobranza al empleador por el no pago de cotizaciones declaradas dentro de los 180 días siguientes, contado desde el día de cierre del período, esto es, el día 10 o el día hábil siguiente, por medio de la resolución de cobranza judicial y presentar las demandas judiciales en contra de los empleadores morosos, incluyendo a todos los trabajadores que se registren en dichas planillas de declaración.

En caso que no se inicien dichas acciones, se entenderá que la AFP actúo de forma negligente estando obligada a enterar lo adeudado al trabajador sin perjuicio de poder repetir contra en contra del empleador.

José Antonio Gómez explicó que actualmente existe una obligación de las AFP para iniciar estas acciones, pero no se fijaba un plazo por lo que generalmente pasaba mucho tiempo antes que la AFP decidiera cobrar judicialmente las cotizaciones que los empleadores le adeudaban a los trabajadores.

Acotó finalmente que “esto es un avance importante en materia de protección de los derechos sociales de los trabajadores, y un paso para detener abusos que van en perjuicio de los empleados y los fondos para sus jubilaciones”.