La Corte Suprema condenó al Servicio de Salud Metropolitano Occidente por el mal tratamiento de una depresión a una paciente del Hospital Félix Bulnes.

En un fallo unánime el tribunal determinó el pago de cincuenta millones de pesos a una mujer que producto de los medicamentos que se le recetaron sufrió como efecto colateral una distonía.

El hecho se produjo en 2007, cuando la mujer fue diagnosticada por un trastorno depresivo bipolar, prescribiéndole como tratamiento Clorpromasina y Metoclopramidam, neurolépticos que, según se pudo enterar con posterioridad, tienen una alta incidencia en la generación de distonías.

Según indica la demandante, a pesar de manifestar síntomas, los médicos no los tomaron en cuenta y apuntaron a que se trataba de un problema psicológico.

Recién el año 2009 se le diagnosticó la distonía, momento en que la enfermedad estaba muy avanzada, por lo que ya era irreversible.

Ante esto el tribunal estableció la responsabilidad por falta de servicio del establecimiento y determinó que se debía indemnizar a la mujer.

A través del fallo se establece que el servicio de salud “no otorgó a su usuaria la atención de salud requerida de manera eficiente y eficaz, por cuanto no advirtió oportunamente que los fármacos neurolépticos que fueron prescritos para el tratamiento del trastorno psiquiátrico que la afectaba, causaron el desarrollo de la distonía que la aqueja actualmente”.