El pasado viernes 13 el fiscal regional de Los Lagos, Marcos Emilfork, recibió una nueva denuncia en el marco de la investigación por la muerte de la menor Lissette Villa, de 11 años, quien falleció en un centro dependiente del Servicio Nacional de Menores (SENAME).

Pedro Maldonado, juez del Cuarto Juzgado de Familia de Santiago, entregó información que revelaría un supuesto abuso y violación de uno de los funcionario del CREAD Galvarino, obtenida de la declaración de otra menor que residía con Lissette.

Lissette, quien murió por asfixia y sofocación producto de comprensión mecánica externa, habría sido abusada al interior del centro y no sería la única, pues la declaración revelaría una práctica habitual del sujeto.

“Estamos esperando el informe del Servicio Médico Legal para tener la certeza de qué ocurrió realmente con la menor”, expresó el fiscal nacional.

Ramón Farías, presidente de la comisión investigadora de menores la Cámara de Diputados, se refirió a este nuevo dato asegurando que “es bien terrible que se vaya abriendo de a poco este huracán que ha resultado ser el caso“.

Valoró, a su vez, la labor de Solange Huerta, directora del SENAME, señalando que ha tomado decisiones potentes respecto al manejo y fiscalización hacia los organismos dependientes de la institución.

El diputado PPD también anunció una próxima junta en marzo con la directora y el ministro de Justicia, Jaime Campos, para evaluar la evolución de esta investigación y otras relacionadas.

Por su parte, Alicia del Basto, presidenta de la Asociación de Funcionarios del SENAME, lamentó esta nueva arista y señaló que el fiscal tiene una gran tarea en la investigación y de resultar responsable el funcionario, señaló que debe haber una denuncia desde lo administrativo y judicial.

Por su parte, las cuidadoras a cargo de Lissette Villa serán formalizadas por la responsabilidad en su muerte el próximo 25 de enero.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)