La Corte Suprema condenó a la Autopista del Maipo a pagar una indemnización de 610 millones de pesos a los padres, cónyuge, hijos y hermanos de una mujer que falleció producto de una pedrada.

Se trata de Andrea Urrejola Montenegro, quien murió el 9 de marzo de 2012 producto de un accidente de tránsito provocado por una pedrada lanzada al viaducto.

En fallo unánime, la primera sala del máximo tribunal acogió el recurso de casación presentado en contra de la sentencia que rechazó la demanda de dos hermanos de la víctima, concediendo el pago de una indemnización de 5 millones de pesos para cada uno.

Con esto, la corte ratifica la responsabilidad de la empresa concesionaria por la faltas de medidas de seguridad en la autopista.

Pago a hermanos

Sobre del pago indemnizatorio a los hermanos en el fallo considera que también les corresponde porque “provocó en los demandantes efectos psicológicos y de ánimo, aludiendo que tanto la testimonial rendida y los informes psicológicos”.

“En el mismo sentido el tribunal de alzada reconoce que la muerte de un hermano evidentemente causa aflicción, pero en ambas instancias se rechazó el daño moral solicitado por los hermanos de la víctima por preterirlos en beneficio de los hijos, cónyuge y padres de la mismas, considerando que no constituyen el núcleo inmediato desde el punto de vista de la filiación directa en grado más próximo”, explica.