La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó los recursos interpuestos por dos isapres que buscaban anular la decisión de la Superintendencia de Salud de multarlos por infracciones en coberturas y reembolsos a afiliados.

Se trata de Banmédica y Vida Tres, las que deberán pagar poco menos de 16 millones de pesos, luego de comprobarse la negación de cubrir atenciones dermatológicas, la omisión de información sobre el derecho a reclamo e, incluso, haber condicionado la recepción de solicitud de reembolso a la acreditación del prestador.

En fallo unánime, la tercera sala del tribunal de alzada descartó alguna infracción en la decisión tomada por las autoridades de salud que decidieron cursar la multa.

El fallo sostiene que “el órgano jurisdiccional debe controlar que el ente administrativo haya ajustado su obrar a la normativa legal y reglamentaria que regula la materia específica de que se trata”.

Por ello, sentencia que “no es posible dirigir un reproche de ilegalidad a la actuación de la Superintendencia, (…) los hechos que motivaron los cargos que culminaron con la multa impuesta se encuentran plenamente demostrados luego de un proceso fiscalizador que se instruyó con estricto apego a la ley”.