La Corte Suprema confirmó el fallo que ordena a la municipalidad de Angol a indemnizar a la familia de un escolar que murió ahogado en un paseo de curso el 14 de diciembre de 2011.

En un fallo unánime la Tercera Sala del máximo tribunal rechazó el recurso de casación presentado en contra de la resolución que ordenó al municipio pagar una indemnización de 80 millones de pesos a los familiares de Ronnie Riquelme Toledo, alumno de séptimo básico de la escuela Nahuelbuta de Angol, quien falleció en un paso de curso el sector de Chacaico.

La Corte responsabiliza al municipio, como sostenedora del establecimiento educacional, por la falta de cuidado por parte del docente a cargo del paseo de curso que habría posibilitado la defunción del menor, más aún si se trataba del único alumno que no iba acompañado de algún familiar, lo que obligaba a redoblar el cuidado del niño.

El alcalde de Angol, Obdulio Valdebenito, confirmó haber sido notificado e indicó que deberán readecuar el presupuesto comunal para cumplir con la determinación del máximo tribunal.

Los magistrados agregan que el municipio no probó que hubiere empleado el cuidado suficiente para evitar la ocurrencia del hecho, ratificando la resolución que ordenó a la Municipalidad de Angol a pagar esta millonaria indemnización a los padres y hermanos del menor fallecido.