La Corte Suprema ratificó este viernes la condena a una empresa del retail por prácticas antisindicales en pago de bonos a trabajadores.

En fallo unánime, la Cuarta Sala del máximo tribunal ratificó la resolución que ordena a la empresa Distribuidora de Industrias Nacionales S.A. –DIN- a pagar multa de 80 UTM, unos $3,5 millones, y poner fin a las prácticas sindicales en el pago de bonos a los trabajadores sindicalizados.

En esta resolución, los ministros rechazaron el recurso de unificación de jurisprudencia presentado en contra de la sentencia de primera instancia que condenó a DIN S.A. por pagar a los trabajadores sindicalizados sólo el 70% de bono de incentivo por ventas, es decir, los trabajadores que no estaban sindicalizados recibían el monto total del bono.

El fallo de la Corte Suprema descarta que la resolución del Primer Juzgado de Letras del Trabajo que acogió la tutela laboral planteada, y que fue ratificada por la Corte de Apelaciones de Santiago, se haya adoptado con infracción legal, como alegaba la defensa de la empresa.

“El legislador ha prohibido expresamente al empleador hacer esta distinción, como ya se dijo y además, el objetivo final de unirse a un sindicato y negociar colectivamente es precisamente obtener mejores condiciones laborales, por lo que, establecer este bono diferenciado por parte del empleador, lleva indefectiblemente a considerar que los trabajadores sindicalizados han visto desmejorada su situación frente aquellos que no están, sin que resulte trascendente, para efectos de este análisis, el quantum de esa diferencia, dado que lo que la ley prohíbe es la existencia de discriminación y no la cuantía, trascendencia o importancia de la misma”, sostiene el fallo de primera instancia.