El Gobierno presentó este martes una querella en contra de quienes resulten responsables del atentado explosivo registrado el lunes el SubCentro Las Condes, aledaño a la estación Escuela Militar del Metro de Santiago.

La acción judicial fue presentada por el subsecretario del Interior, Mahmud Aleuy, en el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago por el ataque terrorista que dejó 14 personas lesionadas.

La querella lleva la invocación de la Ley Antiterrorista, tal como lo comprometió la presidenta Michelle Bachelet el lunes.

Se consigna en el escrito que el atentado fue realizado por sujetos hasta ahora no identificados, quienes con la finalidad de producir en la población o en una parte de ella el temor justificado de ser víctima de un atentado explosivo, hicieron activar el artefacto explosivo, que provocó la detonación provocando lesiones de diversa consideración en 14 personas.

El libelo agrega que “los hechos anteriormente descritos, constituyen el delito de lesiones graves y colocación de bombas o artefactos explosivos, contemplados en los artículos 2 N° 1 y Nº 4 en relación al artículo 1° de la Ley Nº 18.314 sobre Conductas Terroristas, sin perjuicio de otros delitos que pudieran establecerse en el transcurso de la investigación”.

De acuerdo a la querella presentada por el jefe de la división Jurídica del Ministerio del Interior, Luis Correa Bluas, y de los abogados Victor Santelices Ríos e Ignacio Pinto Basaure, el ilícito reúne todos los elementos objetivos del tipo penal, toda vez que sujetos desconocidos colocaron un artefacto explosivo compuesto por un extintor con pólvora al interior de una galería comercial aledaña a una estación del Metro de Santiago, y en un horario de alta afluencia de público, artefacto que estaba destinado a ocasionar con su explosión un gran daño tanto a la personas como a la propiedad.

La querella criminal fue presentada contra todos quienes resulten responsables como autores, cómplices o encubridores, del delito de lesiones graves y colocación de bombas o artefactos explosivos establecido en el artículo 2° N° 1 y N° 4 de la Ley N° 18.314 sobre conductas terroristas, declararla admisible y remitirla al Ministerio Público para su conocimiento y objetivos pertinentes de investigación, a fin de que se aplique a los responsables el máximo rigor que contempla la ley penal en la materia, con costas.