La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la resolución del Consejo para la Transparencia para que el Servicio de Impuestos Internos entregue antecedentes sobre la condonación de intereses a Johnson.

Esto luego de rechazar el reclamo por la ilegalidad de ésta, tras estimar que la entrega de la información no vulnera el secreto tributario.

El fallo indica que “el acceso solicitado dice relación con la condonación de una deuda tributaria a una empresa que no se ha opuesto a la solicitud de un particular y no implica acceso a las rentas del contribuyente, su monto, origen, ingresos ni gastos, por lo que no se divisa como podría estar revestida de secreto, más aun si la operación en cuestión tuvo amplia difusión por los medios de comunicación, por lo que el hecho en sí es de público conocimiento”.

“El proceso que culminó con la decisión del Consejo para la Transparencia de fecha de 26 de octubre de 2012, no aparece una infracción manifiesta a la normativa respectiva, que haga suponer un acto ilegal, si se tiene además presente, que para los órganos del Estado rige el principio de transparencia y de máxima divulgación, excluyendo sólo aquello que está sujeto a las excepciones constitucionales o legales, condición que no reúne la información requerida”, agrega el documento.