La Corte de Apelaciones de Talca anuló el juicio en el cual el Tribunal Oral de esa ciudad había condenado a 10 años de cárcel a Boris Bravo Alonso, sujeto que en marzo de 2008 dio muerte a Yocelyn Riquelme Ulloa con quien compartía al interior de un motel en la comuna de Maule.

La fiscal Paula Rojas durante el juicio acusó al sujeto como responsable de homicidio calificado por las agravantes de alevosía y ensañamiento que acompañaron su actuar delictual, sin embargo, el tribunal no acogió la tesis y sólo aplicó las penas del homicidio simple.

El tribunal de alzada maulino concordó con que no se valoraron las pruebas, ni se ajustó a derecho la evidencia presenciada en el juicio por lo que determinó una nueva realización del mismo con tres jueces distintos.

En la investigación, la Fiscalía de Talca estableció que el acusado luego de golpear a la mujer, quedando esta inconciente, le introdujo papel higiénico en la cavidad bucal obstruyendo las vías respiratorias y privándola así de un 80 a 90% de la capacidad respiratoria. Luego de ello la introdujo en el portamaletas de su auto trasladándose a un sector rural de nombre Las Brujas donde roció su cuerpo con bencina y le prendió fuego.

El Ministerio Público se manifestó satisfecho con la resolución de nulidad y la fiscal Rojas expresó que “la Corte concuerda en el sentido que se habría incurrido en una errónea aplicación del derecho. Más aún, agrega la Corte, que el tribunal recurrido habría razonado – en torno a las calificantes – sólo en base a conjeturas y no por medio de un análisis jurídico de ellas, tendiendo en consideración los elementos fácticos que configuran las calificantes del homicidio”.