Un proyecto de ley destinado a establecer normas para proteger a los afectados por catástrofes -como el terremoto y maremoto del pasado 27 de febrero- de acciones especulativas respecto de sus terrenos, presentó la diputada Clemira Pacheco

Terreno en venta | Dichato al Día

Terreno en venta | Dichato al Día

La parlamentaria explicó que la iniciativa surge de una serie de denuncias recibidas, en especial en el borde costero, respecto de personas que ofrecen precios ínfimos a propietarios de terrenos que sufrieron los efectos del megasismo.

“Durante estas últimas semanas muchas familias de las localidades afectadas por esta catástrofe, principalmente en la zona costera, como Dichato, han comenzado a ser tentadas por especuladores que, aprovechándose de su situación de desvalimiento y angustia, realizan ofertas de compra de inmuebles a precios irrisorios, los que sin embargo resultan atractivos en las condiciones actuales en que se encuentran los damnificados”, comentó la diputada Pacheco.

Agregó que si bien la legislación tiene normas penales especiales respecto de quienes se aprovechan de una calamidad pública para cometer delitos, alterar el orden o dificultar la acción de los servicios de emergencia, no ocurre lo mismo en materia civil, donde la normativa es vaga y genérica. “Tenemos sólo disposiciones que se refieren a la lesión enorme, que es una figura que alude a una grave desproporción entre las prestaciones de las partes en una compraventa, pero apunta sólo a una desproporción matemática entre el justo precio del inmueble y el que se paga o recibe, sin incorporar elementos subjetivos”, precisó la parlamentaria.

Dado que las normas vigentes no resultan protectoras de los propietarios ni disuasivas para los especuladores, se hace necesario entonces generar disposiciones especiales que velen de mejor manera por los intereses de la comunidad y eviten abusos contra los afectados por graves catástrofes.

Ante este panorama, dijo la diputada Pacheco es conveniente incorporar una normativa particular que regule las enajenaciones y otros actos jurídicos sobre inmuebles ubicados en regiones, provincias y comunas que se hayan declarado en estado de catástrofe.

Esta iniciativa considera, entre otros aspectos, que “en caso de una catástrofe y hasta un año después de su ocurrencia, el justo precio de la lesión enorme en la compraventa deberá estar referido a la valorización que los inmuebles tenían antes de ocurrida la catástrofe”.

Asimismo se propone ampliar la proporción matemática para configurar la lesión enorme en la compraventa, durante dicho período, a todo valor inferior a los 2/3 del justo precio. Y finalmente extender la figura de lesión enorme a las promesas de venta o la entrega de un inmueble en arriendo o tenencia por un lapso prolongado.