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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La CMF permite consultar si una persona o empresa tiene acreencias bancarias pendientes, es decir, fondos sin cobrar o sin movimientos durante dos años. Los recursos deben retirarse dentro de los tres años siguientes a la publicación de la nómina, que se difunde en marzo. Vencido ese plazo, caducan los derechos del titular y el dinero se entrega a la Junta Nacional de Bomberos para su distribución entre los cuerpos del país.

En marzo pasado, bancos, cooperativas de ahorro y crédito y emisores no bancarios de tarjetas de pago publicaron sus nóminas de acreencias bancarias próximas a vencer.

Las acreencias bancarias son recursos que están depositados en los bancos o cooperativas y que no han sido cobrados, o no registran movimientos en un período de dos años, ya sea porque la persona dueña olvidó cobrarlos o desconocía su existencia.

Es importante destacar que, si estos montos no se cobran luego de tres años desde que se crea la lista (cada 31 de enero), la institución financiera deberá entregar esos recursos a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.

¿Cómo revisar si tienes acreencias bancarias sin cobrar?

Junto con las nóminas publicadas en el Diario Oficial en marzo pasado, la CMF cuenta con una plataforma que permite revisar de forma rápida y sencilla si una persona o empresa tiene acreencias bancarias pendientes por retirar. Para conocerlo, PINCHA AQUÍ o en la imagen inferior. Una vez en el sitio, tendrás que ingresar el nombre.

Acreencias bancarias 2026: revisa si tienes montos sin cobrar en tu banco y qué pasa si no los retiras
Captura

¿Qué pasa si no las cobras?

Como adelantamos, luego de publicarse el listado con todas las personas que tienen dineros por cobrar, comienza a correr un plazo de tres años para retirar los fondos. Transcurrido ese periodo, las acreencias se entregan a Bomberos.

Respecto al destino de estos recursos, la Ley General de Bancos dice lo siguiente:

“Transcurridos tres años desde el mes de enero en que corresponda formar la lista, la acreencia correspondiente caducará y se extinguirán a su respecto todos los derechos del titular, debiendo la institución financiera pasar de pleno derecho a la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile las cantidades correspondientes, deducidos los gastos de publicación en su caso. La institución financiera pondrá tales cantidades a disposición de la referida Junta Nacional, la que prorrateará y distribuirá íntegramente dichos dineros entre los Cuerpos de Bomberos de Chile“.