¿Por qué hay una ley que obliga a los conductores a grabar las patentes de los vehículos en espejos y vidrios? ¿Cuándo comienza a correr el plazo para esta medida y evitar multas? ¿Qué pasa con el reglamento? Te explicamos todo en 3 capítulos.

El Gobierno quitó el reglamento que específica el grabado obligatorio de patentes en vidrios y espejos de vehículos había ingresado a la Contraloría General de la Reública (CGR) para hacerle modificaciones, y enredó aún más el tema de los plazos, lo que mantiene en vilo a los dueños de automóviles desde el año pasado.

La medida se incluye en una norma que modifica la ley del tránsito, con el ánimo de evitar la compra y venta de vehículos robados. Sin embargo, sus especificaciones están supeditadas al mencionado reglamento, que aún no puede entrar en vigencia.

Entonces, ¿hasta cuándo habrá plazo y cuáles son las multas por no cumplir con la medida?

Capítulo 1 ¿De dónde viene la ley que obliga el grabado de patentes?

Vamos por parte. En septiembre del 2023 se aprobó ley 21.601, para prevenir la venta de vehículos motorizados robados, la que incluye la posibilidad de retirar autos de circulación bajo ciertas circunstancias. El espíritu de la norma es generar medidas para dificultar la comercialización de los vehículos sustraídos, ya sea por partes, o por reventa.

Para ellos, se establece un listado de circunstancias que autorizan a Carabineros a retirar de circulación un vehículo motorizado que no cumpla con dichas reglas. Entre las faltas que se consideran para retirar vehículos están el circular:

– sin permiso de circulación vigente;
– sin certificado vigente del seguro obligatorio;
– sin revisión técnica o de homologación;
– con placa patente en mal estado u oculta, o
– con el número de identificación del vehículo (VIN) o motor adulterado o borrado.

Es esta misma ley la que establece que todos los automóviles deberán contar con la patente grabada, de forma permanente, en sus vidrios y espejos laterales, pero el plazo para que sea obligatorio, aún no comienza a correr. ¿Cuándo será finalmente?

Capítulo 2: El reglamento del grabado de patentes

Sobre el grabado de patentes, la ley dice que su obligación será exigible dentro de 12 meses (1 año) para vehículos antiguos y 4 meses para los nuevos, contados desde que se haga público el reglamento de manera legal.

Este reglamento fue elaborado por el Ejecutivo y presentado a Contraloría el 8 de marzo del presente año, 6 meses desde que entró en vigencia la ley (así lo decía la misma norma).

Pero todo este trámite aún no es suficiente para que ya comience a regir el plazo para grabar las patentes, porque aún faltaba la Toma de Razón por parte de la Contraloría General de la República.

Capítulo 3: Retiran el Reglamento para grabar patentes en vehículos

Mientras todos esperaban la Toma de Razón (un control obligatorio sobre la legalidad de los actos administrativos) por parte de la CGR, para saber cuál sería el plazo fatal para cumplir con el grabado de patentes, se dio inicio al nuevo capítulo.

Este lunes 15 de abril, BioBioChile dio cuenta de que el Gobierno retiró el reglamento desde Contraloría, según dijeron “para realizar correcciones”.

Por lo tanto, ahora habrá que esperar a que el Ejecutivo ingrese el reglamento nuevamente, que Contraloría otra vez tenga que revisar el documento, y esperar de nuevo a que llegue la Toma de Razón, momento donde recién iniciará el plazo de 1 años para que vehículos antiguos graben la patente en vidrios y espejos, y 4 meses en caso de autos nuevos.

¿Qué pasa si no se cumple con la medida dentro del plazo?

Como se explicó en estos 3 capítulos, aún no existe certeza respecto a cuándo será completamente exigible que los conductores tengan el número de la placa patente grabado, pero sí se sabe cuáles serán las multas por no cumplir con esta medida.

Acorde a la ley, las multas por no cumplir con el grabado van desde 1 a 1,5 UTM. Esto equivale a $64.666 hasta $96.999, además de la posibilidad de que saquen el vehículo de circulación.

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