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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

Entre abril y mayo se realizará la devolución de impuestos de la Operación Renta, donde algunos podrían enfrentar una retención de recursos. El Servicio de Impuestos Internos comenzó el proceso el 1 de abril, entregando detalles sobre beneficios tributarios y fechas de devolución. La primera será el 29 de abril para declaraciones del 1 al 8 de abril, con posibles retenciones totales o parciales. La Tesorería puede retener pagos por deudas o temas judiciales, incluyendo pensión alimenticia, créditos universitarios, salud, mandatos y errores en datos bancarios.

Entre abril y mayo se realizará la devolución de impuestos de la Operación Renta, instancia en la que algunos contribuyentes podrían encontrarse con una retención de los recursos.

El 1 de abril inició oficialmente el proceso. Desde ese día, el Servicio de Impuestos Internos ha entregado distintos detalles para quienes deban hacer el trámite, incluyendo el detalle sobre beneficios tributarios y el calendario de fechas de devolución.

La primera de ellas ocurrirá el 29 de abril y se realizará para las declaraciones hechas entre el 1 y 8 de abril. A partir de esa fecha, algunas personas naturales y empresas podrían encontrarse con una retención total o parcial de impuestos.

¿En qué casos ocurre la retención de la devolución de impuestos?

El SII informa que si se aceptó la declaración de renta, pero no se recibió la devolución, es posible que la Tesorería General de la República haya retenido la cifra para el pago de deudas morosas o por alguna de estas razones:

● Retenciones judiciales: En los casos en que aparezca un o una contribuyente deudor de pensión alimenticia en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, la TGR procederá a efectuar la retención correspondiente e instruirá el pago de la suma retenida a la madre, padre, tutora o tutor del menor de edad, que tenga derecho a pensión alimenticia.
● Retenciones judiciales previsionales.
● Retenciones de crédito universitario solidario o con aval del Estado.
● Retenciones de instituciones de salud.
● Mandatos: un contribuyente le cede a otro su devolución de impuestos.

Además de los puntos anteriores, también es posible que no hayas recibido tu dinero por un error en los datos bancarios ingresados.

Si este fuera el caso, el SII afirma que se podrá cobrar la devolución de impuestos en sucursales de BancoEstado Express o BancoEstado desde las 12:00 horas del día hábil siguiente a la fecha de pago. Además, apuntan que si el monto supera los tres millones de pesos, el contribuyente recibirá un cheque emitido por la TGR.