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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

El Segundo Tribunal Ambiental rechazó reclamación contra la aprobación de la Planta Fotovoltaica Hugo Lorenzo en Quilicura, determinando que el procedimiento de evaluación fue correcto. La Comisión de Evaluación Ambiental aprobó el proyecto en 2023, tras lo cual la Municipalidad de Quilicura y dos vecinos presentaron la reclamación en 2025, cuestionando impactos en flora, fauna, suelo y más. El tribunal descartó vicios en la evaluación, señalando que la planta está permitida en el área rural según el Plan Regulador. Además, se evaluó correctamente la alteración de valores ambientales y se descartó la afectación al bosque nativo.

El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación en contra de la aprobación del proyecto Planta Fotovoltaica Hugo Lorenzo, emplazado en Quilicura. Se determinó que el procedimiento de evaluación se realizó de forma correcta.

Fue en 2023 que la Comisión de Evaluación Ambiental aprobó el proyecto en cuestión. Ante ello, tras solicitar una invalidación que no dio resultado, en 2025 la Municipalidad de Quilicura y dos vecinos de la comuna presentaron la reclamación contra la decisión de la autoridad.

Las alegaciones cuestionaban la correcta evaluación de la iniciativa, apuntando también a impactos en la flora, funga, fauna, suelo, arqueología, valor paisajístico y medio humano.

Tribunal descartó vicios en la evaluación

Sin embargo, el tribunal descartó presuntos vicios derivados del emplazamiento del proyecto en Área de Preservación Ecológica, “por cuanto, al tratarse de infraestructura energética, se entiende siempre permitidas en el área rural de los Planes Reguladores Metropolitanos, carácter que tiene el lugar en que se emplaza el proyecto conforme da cuenta el certificado de informaciones previas emitido por la Dirección de Obras Municipales”.

Además, se recalca que, si bien el Área de Preservación Ecológica constituye una categoría de protección establecida por un instrumento de planificación territorial, no integra el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado. Bajo dicho punto, el proyecto “evaluó debidamente la eventual alteración de los valores ambientales objeto de protección del área”.

Asimismo, el fallo determinó que la evaluación del componente flora, fauna y funga se realizó correctamente, descartando la afectación al bosque nativo de preservación. Por último, se desestimaron posibles vicios en la tramitación y obtención de los permisos ambientales sectoriales.

¿En qué consiste el proyecto?

El proyecto busca la construcción de una planta fotovoltaica con una potencia total instalada de 33,6 MW en corriente continua. Como se mencionó, se llevará a cabo en la comuna de Quilicura.

Según las estimaciones, se instalarán un total de 44.736 paneles fotovoltaicos de 670 Wp de potencia cada uno. Se le proyecta una vida útil de 30 años.