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La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó una multa de 51 UTM, equivalente a $3.646.806 pesos chilenos, impuesta por no activar a tiempo el protocolo ante un caso de acoso escolar en el Liceo Manuel Barros Borgoño. La Municipalidad de Santiago, como sostenedora, interpuso la reclamación judicial. El fallo destaca que, pese a acciones internas, el protocolo no se activó correctamente, evidenciando deficiencias en comunicación, registro de denuncia y protección al estudiante afectado.
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó una millonaria multa a un liceo de la comuna de Santiago por no activar oportunamente el protocolo ante un caso de acoso escolar. Se trata de un hecho ocurrido en el Liceo Manuel Barros Borgoño.
En un fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada ratificó la resolución que lo sanciona con una multa de 51 UTM, equivalente a unos $3.646.806 pesos chilenos.
Tras ser sancionado por la Superintendencia de Educación, fue la Municipalidad de Santiago la que, en calidad de sostenedora del establecimiento, interpuso la reclamación judicial.
El fallo reconoce que se realizaron entrevistas, reuniones y procedimiento sancionatorio interno respecto del alumno agresor. Sin embargo, enfatiza que “la activación del protocolo específico de acoso escolar no se produjo en la oportunidad ni con la completitud de etapas que el mismo reglamento interno exigía”.
“Así se verifica, entre otros aspectos, en la tardanza en comunicar formalmente los hechos a la coordinación de convivencia; en la falta de registro inmediato de la denuncia en la forma prevista; en la confusión entre el procedimiento de investigación por bullying y el de cancelación de matrícula; y en la ausencia de evidencia suficiente sobre medidas de protección oportunas y acciones de acompañamiento psicosocial al estudiante afectado”, complementa la resolución.
Se justifica la multa
“Estas deficiencias, ponderadas en su conjunto, permiten tener por configurado el incumplimiento de la obligación de activar y ejecutar correctamente el protocolo de actuación frente a hechos de acoso o violencia escolar”, agrega.
Bajo todo lo expuesto, el tribunal “no considera que la multa resulte desmedida”. De esta manera, se rechaza la reclamación interpuesta por la Municipalidad de Santiago.
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