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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

El CNTV formuló cargos contra TV+ por declaraciones discriminatorias de Patricia Maldonado hacia Emilia Schneider y Trinidad Cerda en el programa "Tal Cual". Maldonado habría desconocido la identidad de género de ambas, insistiendo en que "el que nace hombre, morirá hombre". El CNTV considera estas expresiones discriminatorias y una posible vulneración de derechos fundamentales, excediendo la libertad de expresión.

El Consejo Nacional de Televisión (CNTV) formuló cargos contra TV+ a raíz de las declaraciones de Patricia Maldonado dos episodios distintos del programa “Tal Cual”, donde se refirió a la diputada Emilia Schneider y a la influencer Trinidad Cerda.

La decisión fue adoptada tras analizar 1.592 denuncias y reclamos que apuntaron principalmente a expresiones consideradas discriminatorias hacia personas transgénero.

Dichos discriminatorios de Patricia Maldonado

Según el acta del 1 de junio, compartida por el Movilh, Maldonado habría desconocido públicamente la identidad de género de Schneider y Cerda al insistir en calificarlas como hombres y sostener que “el que nace hombre, morirá hombre”.

En la oportunidad, la excantante se refirió a Schneider como “este tipo que es diputado” y la calificó de “care raja” por declaraciones vinculadas al aborto.

Además, sostuvo reiteradamente que “el que nace hombre, va a morir hombre y la que nace mujer, va a morir mujer”.

Durante el programa también realizó comparaciones que el CNTV calificó como potencialmente burlescas y descalificatorias.

“Quiero decirle a usted señor que, aunque usted se ve muy atractivo como mujer, nunca en su vida, entiéndamelo bien, nunca va a ser mujer, nunca”, dijo sobre Cerda.

Luego, Maldonado agregó: “Le voy a repetir en su cara, que usted es hombre que se ve bastante bien, maquillado, regio, estupendo, pero es hombre”.

Cargos a TV+

El Consejo estimó que estas expresiones podrían constituir un trato discriminatorio que excede el ámbito de la libertad de expresión, al negar el derecho de ambas personas a ser reconocidas conforme a su identidad y expresión de género.

A juicio del organismo, ello podría afectar su derecho a la igualdad de trato, poner en riesgo su integridad psíquica y vulnerar su dignidad personal.

En su resolución, el CNTV señaló que los contenidos observados podrían representar una infracción a la ley, que obliga a los servicios de televisión a respetar principios como la dignidad humana y los derechos fundamentales.

La formulación no implica una sanción inmediata. TV+ dispone ahora de un plazo de cinco días para presentar sus descargos ante el organismo regulador.