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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Policía Federal de Brasil, junto a la PDI, detuvo a Martín de Los Santos Lehmann por lesiones graves contra un conserje en Vitacura, Chile. El prófugo, con notificación roja de Interpol, fue capturado en Cuiabá, a 1.500 km de la última ubicación reportada en Sao Paulo. La Fiscalía Oriente confirmó su presencia en Brasil tras salir del país en junio. Se fijó audiencia para revisar su extradición.

La Policía Federal de Brasil, en coordinación con la Policía de Investigaciones (PDI), concretó la detención de Martín de Los Santos Lehmann, imputado por lesiones graves contra un conserje de 70 años en Vitacura y que, tras una reciente revisión de medidas cautelares, actualmente debería estar cumpliendo prisión preventiva en Chile.

Según fuentes de La Radio, el prófugo fue capturado en la ciudad de Cuiabá.

Esta ubicación difiere considerablemente de la última que se manejaba de forma oficial, a unos 1.500 kilómetros de distancia. Fue el sábado pasado cuando la Fiscalía Oriente confirmó que el imputado estaba en Sao Paulo, según el informe entregado por Interpol.

Martín de Los Santos tenía notificación roja de Interpol, luego de que se confirmara que se encontraba en Brasil. Esto tras salir del país el 19 de junio pasado en el vuelo 718 de la aerolínea Latam con destino a Florianópolis, capital del estado de Santa Catarina, a unos 1.900 kilómetros del lugar donde fue detenido.

Cabe recordar que, durante la jornada de ayer, la jueza Daniela Guerrero del 4° Juzgado de Garantía fijó una audiencia para este viernes a las 9:00 horas, con el fin de revisar la solicitud de extradición del Ministerio Público.

Corte rechazó amparo de Martín de Los Santos previo a su captura

Fue durante la misma jornada del 1 de julio cuando la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el amparo interpuesto por la defensa del imputado. Específicamente, el abogado Mario Orlando Jara Jara presentó el recurso ante el tribunal de alzada, acusando que la resolución de la jueza Cecilia Villanueva fue “ilegal” y “arbitraria“.

“No hay antecedentes nuevos que justifiquen la existencia de un dolo de matar que permita modificar la calificación jurídica, ni aún a título de dolo eventual”, aseguró el representante legal del imputado.

Sin embargo, la Corte declaró inadmisible la acción. En su respuesta, argumentó que los hechos descritos en el recurso no deben ser conocidos mediante esa vía legal, sino que se encuentran “sometidos al imperio del derecho, bajo la tutela jurisdiccional de un Juzgado de Garantía“.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)