Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.
La audiencia de revisión de prisión preventiva del alcalde de Recoleta, Daniel Jadue, se ha fijado para el próximo lunes, tras ya haber cumplido 31 días bajo esta medida en el anexo Capitán Yáber. Según la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, Jadue puede ausentarse hasta 45 días de su cargo edilicio por incapacidades temporales, lo que lo pone contra el tiempo, ya que de continuar tras las rejas en 15 días más, será removido del sillón municipal.
Durante este jueves, se fijó la fecha de la audiencia de revisión de prisión preventiva del alcalde de Recoleta, Daniel Jadue. La cual se realizará el próximo lunes 8 de julio a las 9 de la mañana.
Recordemos que hoy el jefe comunal cumple 31 días bajo dicha medida cautelar al interior del anexo Capitán Yáber. Y ayer (miércoles), su defensa
Cabe mencionar que el alcalde está contra el tiempo. Ya que, de acuerdo a la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, solo puede ausentarse hasta 45 días a su cargo edilicio por incapacidades temporales.
Considerando lo anterior, si dentro de 15 días continúa tras las rejas, será removido del sillón municipal y se nombrará un nuevo alcalde para Recoleta.
Cabe mencionar que esta jornada, el Tercer Tribunal de Garantía de Santiago aceptó las medidas cautelares reales contra Jadue.
Las que significan la retención de bienes para asegurar el pago de costas, multas y reparación del daño causado, incluyendo cinco propiedades y un vehículo Mini Cooper.
Daniel Jadue (PC) está formalizado por administración desleal, estafa, cohecho, delito concursal y fraude al fisco. Ello, en el marco de la gestión de la Asociación Chilena de Municipalidades con Farmacias Populares (Achifarp).
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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