Este es el segundo revés judicial en esta materia para Daniel Jadue, luego de que a finales de septiembre, el Cuarto Juzgado de Garantía también declarara que la querella es inadmisible.

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la inadmisibilidad de la querella por “injurias y calumnias por medios de comunicación social”, presentada por el alcalde de Recoleta, Daniel Jadue, contra la periodista de diario La Tercera, Leslie Ayala y el director de dicho medio, José Luis Santa María.

La acción legal del jefe comunal se presentó por un reportaje del matutino, donde anunciaban que el militante del PC sería formalizado por la Fiscalía Centro Norte, en un eventual caso de cohecho en la Asociación Chilena de Farmacias Populares (Achifar). Algo que no ha pasado.

Este es el segundo revés judicial en esta materia para Daniel Jadue, luego de que a finales de septiembre, el Cuarto Juzgado de Garantía también declarara que la querella es inadmisible.

Pero, y a pesar de que lo publicado por La Tercera no ha ocurrido hasta ahora, el fallo del tribunal de segunda instancia dijo que una consideración contraria a la inadmisibilidad “permitiría limitar la libertad de expresión con el amedrentamiento de una sanción penal”.

Además en el fallo de la Octava Sala de la Corte de Santiago y firmado los jueces Omar Astudillo Contreras y Lilian Leyton Varela, se expresa que “la libertad de información y de prensa contribuye a formar opinión y la opinión informada es clave para el funcionamiento del sistema democrático”.

“Es posible concluir que en la especie no se configuran los elementos del tipo penal, dado que, en resumen, se trata de una información que forma parte del debate público, que involucra a una persona que ejerce funciones públicas, vinculada exclusivamente con hechos en ejercicio de tales labores y de relevancia social, de manera que la noticia cuestionada está investida de tal protección que, en las condiciones en que fue efectuada, no puede restringirse a través de la acción penal intentada”, detalla el documento.

Por último, y en consideración a los dispuesto por el fallo y en las normas legales aplicables, “se confirma la resolución apelada de fecha 28 de septiembre pasado, dictada por el Cuarto Juzgado de Garantía de esta ciudad, en los autos Rit 7638-2023, que declaró inadmisible la querella interpuesta por Daniel Jadue Jadue en contra de doña Leslie Ayala Castro y de don José Santa María Oyanedel”.