Luego de que los Tribunales decretaran la prohibición de ingreso a la Clínica Las Condes por parte del oncólogo formalizado por abusos sexuales, la Superintendencia de Salud ofició al recinto capitalino donde solicitó documentación y protocolos respecto a situaciones de connotación sexual.
La Superintendencia de Salud ofició a la Clínica Las Condes (CLC) luego de que el pasado miércoles el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago decretara la prohibición de ingreso al recinto del médico oncólogo formalizado por abusos sexuales, Manuel Álvarez.
Según la misiva, la intendenta de prestadores de salud de la Superintendencia de Salud, Carmen Monsalve, solicitó a la CLC informar sobre la existencia de Protocolos de Trato Digno y respetuoso para las personas que reciben atenciones de salud en sus dependencias.
En segundo lugar, pidieron la existencia de un protocolo “para Prevenir conductas que vulneren la honra de las personas que reciben atenciones de salud, entre ellas conductas o hechos relacionados con vulneración de derechos de connotación sexual”.
En detalle, la clínica privada capitalina tendrá 4 días hábiles para reunir la información y hacérsela llegar al organismo.
El oficio se dio luego de que funcionarios del recinto de salud manifestaran estar en contra de la reintegración del oncólogo a la clínica, como director del Centro del Cáncer.
Esto ya que Álvarez había sido formalizado por abuso sexual reiterado en contra de dos pacientes, además de otras denuncias de connotación sexual.
Es por esto que el Ministerio Público solicitó el cambio de cautelares en contra del médico, lo que fue aprobado por el Tribunal, hecho que trazó la separación del oncólogo de sus funciones al interior de la clínica de la zona oriente de la región Metropolitana.
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
Nuestra sección de OPINIÓN es un espacio abierto, por lo que el contenido vertido en esta columna es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial de BioBioChile
Estamos recopilando más antecedentes sobre esta noticia, quédate atento a las
actualizaciones.
Alerta de Spoiler
Este artículo podría contener información clave sobre la trama de un libro, serie o
película.
Advertencia de imágenes explícitas
¡Cuidado! Las imágenes de este artículo pueden herir la sensibilidad de algunas personas.
VER RESUMEN
Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.
{{ post.resumen_de_ia }}
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
Violencia contra la mujer
Si eres víctima o testigo de violencia contra la mujer, denuncia al
149 de Carabineros, recibe orientación llamando al
número corto 1455 del Sernameg o pulsa para
usar el chat de orientación Sernameg
Suicidio
Si necesitas ayuda psicológica especializada o conoces a alguien que la requiera, el Ministerio
de Salud tiene un teléfono de ayuda atendida por profesionales todos los días del año y las 24 horas,
marcando desde celulares el *4141. Además, puedes recurrir a Salud Responde en el 600 360 7777.
Las personas sordas pueden recibir asistencia ingresando a
este enlace.
Transporte privado
Las aplicaciones de transporte privado pagado aún no se encuentran normadas por la legislación chilena.
Estudio científico
Este artículo se basa en un estudio científico que puede ser sometido a nuevas pruebas para ser validado o descartado. Sus resultados NO deben considerarse concluyentes.