Este martes se conoció que la Corte Suprema rechazó el último recurso de amparo presentado por el alcalde Daniel Jadue, para evitar el juicio oral que se pretende realizar en su contra por el largo conflicto judicial por edificio de Bellavista.

La segunda sala de la Corte Suprema rechazó, en fallo dividido, el recurso de amparo interpuesto por el alcalde de Recoleta, Daniel Jadue, contra ministros que habían revocado su sobreseimiento en el marco de la pugna con la empresa Desarrollo Inmobiliaria Bellavista.

Recordemos que el 10 de agosto se suspendió la audiencia de preparación de juicio oral en contra del jefe comunal, imputado por delitos de prevaricación y tráfico de influencias.

Dentro de los motivos que hubo para tomar dicha decisión, fue que este recurso de amparo que estaba pendiente y que los intervinientes no habían tenido acceso a la carpeta investigativa.

Cabe recordar que los querellantes solicitaron suspender a Jadue de sus funciones; sin embargo, esto fue rechazo por el tribunal.

Christian Espejo, abogado querellante, señaló que de esta forma se acaban las posibilidades de Jadue para impedir el juicio oral. Junto con ello, insistió en que el jefe comunal debe dejar de ejercer sus funciones, para que exista igualdad de condiciones.

La génesis

La acusación contra Jadue por el conflicto que hay con la empresa Desarrollo Inmobiliaria Bellavista, por el permiso de edificación de una torre del Conjunto Armónico Bellavista.

El permiso de edificación de uno de los edificios fue invalidado por el municipio y por ello sus departamentos no han sido entregados, ya que no hay recepción de obras. Esto ha acarreado una larga disputa judicial para ver si la construcción se entrega o se demuele, la que tiene una arista penal donde Jadue será objeto de un juicio oral.

En 2020, la Fiscalía Centro Norte había cerrado la investigación penal y posteriormente decidió no perseverar en la indagatoria. Por ello, los querellantes recurrieron al Tribunal Constitucional (TC), el que determinó que Jadue podía ser acusado penalmente.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)