La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad contra la sentencia que condenó a los recurrentes a 10 años y un día de presidio, en calidad de coautores del delito consumado de homicidio simple ocurrido en marzo de 2019 en Pudahuel.

En fallo unánime, la Octava Sala del tribunal de alzada descartó falta de fundamentación la sentencia impugnada, dictada por el Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, que condenó a los acusados Michael Alonso Gastessi Reyes y Jairo Javier Aguilar Reyes, como responsables del deceso de la víctima, su hermano Luis Alberto Aguilar Reyes, a quien agredieron con armas blancas.

La decisión fue tomada tras desestimar la teoría alternativa de la defensa la que manifestaba que: “un tercero habría ingresado al domicilio para matar a su hermano Luis, sin que Jairo escuchara nada por el fuerte ruido que emite la ducha y que Michael habría descubierto el hecho al regresar al domicilio, encontrándose todas las puertas abiertas, tomando Jairo conocimiento de lo ocurrido sólo tras los fuertes golpes que Michael dio a la puerta del baño ‘resultan poco plausibles y además desvirtuadas por el resto de los testimonios’”, añade.

“A su turno, la sentencia resalta, además, la poca credibilidad que puede asignarse al hecho de no haber escuchado supuestamente Jairo la agresión que habría sufrido su hermano”, afirma la resolución.