El alcalde de San Ramón, Miguel Ángel Aguilera, anunció que apelará al fallo del Tribunal Electoral Regional (TER) que ordenó repetir la elección de alcalde y concejales en más de 60 mesas de la comuna.

La decisión del TER determinó que se deberá repetir la votación en alrededor del 25% de las mesas de San Ramón ante la denuncia de candidatos a alcaldes y concejales que denunciaron vicios en el proceso, como votos asistidos por parte de personas ligadas a la candidatura de Aguilera y urnas sin sellos, entre otras situaciones.

Aguilera se refirió a dicha determinación e indicó que se trata de “un fallo bastante poco claro” y cuestionó que no se repita la votación de gobernador y constituyentes.

“Se basa en testimonios de cuatro miembros del candidato que perdió conmigo, que se llama Gustavo Toro, y un miembro del otro candidato que perdió conmigo, que se llama David Cabedo“, dijo.

Por ello, anunció que apelará ante el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) “para efectos que se respete la elección popular”.

Creo que vamos a ganar nuevamente… Espero que se haga justicia, creo en la justicia”, señaló el jefe comunal.

Junto con ello, agregó que lo que ocurre con su candidatura es un “intento de golpe blando que se intenta dar en una comuna popular como San Ramón” y que “tiene que respetarse el triunfo”.

Finalmente, sobre la investigación que lleva la Fiscalía Sur y por la que será formalizado el 21 de junio por los delitos de enriquecimiento ilícito, cohecho y lavado de dinero, señaló que debe presumirse su inocencia durante dure la investigación y que “he cooperado en todo el proceso, no me puedo referir a ello porque lo harán mis abogados mañana”.

No soy narcotraficante, esta no es una narco-comuna”, remató por las otras acusaciones por supuestos vínculos con la droga.

Christian Borcoski | RBB
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)