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La Corte de Apelaciones de Santiago estableció que el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) no tiene facultad para querellarse contra el carabinero que atropelló a un manifestante en Pudahuel.

Los hechos ocurrieron el pasado 7 de enero, en el marco de las movilizaciones en contra de la realización de la Prueba de Selección Universitaria (PSU), cuando un joven de 24 años fue atropellado por un radiopatrulla.

El hecho fue difundido en redes sociales por un video del momento exacto del hecho, el que motivó ataques contra una de las comisarías que hay en dicha comuna.

El INDH se había querellado contra Carabineros acusando violencia innecesaria, lo que fue declaro inadmisible por el tribunal de garantía en una primera instancia.

Ante la apelación del organismo, la cuarta sala del tribunal de alzada confirmó la decisión. A juicio de la justicia, el INDH solo puede intervenir en causas relacionadas con delitos de lesa humanidad, descartando que los hechos ocurridos en contexto de protesta pudiesen ser calificados como violencia innecesaria.

De esta forma, el organismo no podrá intervenir en la causa desformalizada que se sigue contra el cabo Diego Venegas, investigado por su presunta responsabilidad en el atropello.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)