Hoy continuará la audiencia de formalización contra los 12 efectivos de Carabineros que están acusados del delito de tortura contra un manifestante en la Plaza Ñuñoa el pasado 21 de octubre.

El Ministerio Público solicitó la medida cautelar de prisión preventiva, mientras que la defensa enfatizó que los uniformados no son un peligro para la sociedad.

Fue en el 2016 cuando se tipificó en el Código Penal el delito de tortura y de tratos crueles, inhumanos o degradantes, entendiendo que corresponde a todo acto por el cual se inflija intencionalmente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos, sexuales o psíquicos, con el fin de castigar a una persona por un acto que se le acuse haber cometido, o por discriminación.

Por este ilícito fueron formalizados 12 efectivos de Fuerzas Especiales por hechos ocurridos el 21 de octubre pasado, en medio de las manifestaciones en las cercanías de la Plaza Ñuñoa.

Los uniformados están acusados por la agresión a Moisés Ordenes, quien a causa de los golpes perdió la visión de un ojo.

Luego que la formalización fuera sorprendida en dos ocasiones, en esta jornada se terminarán de discutir las medidas cautelares que deberán cumplir los 12 imputados. Tanto la Fiscalía como querellantes solicitaron al Octavo Juzgado de Garantía de Santiago la prisión preventiva, por considerar que los uniformados son un peligro para la sociedad.

Así lo explicó el persecutor de la Fiscalía Local de Ñuñoa, Álvaro Pérez, quien además indicó que para la audiencia pasada, 5 defensas argumentaron que no es necesario la prisión preventiva porque ,a su juicio, los carabineros solo cometieron un delito de menor gravedad.

Otro de los querellantes en la causa es el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH). El abogado regional metropolitano de la entidad, Daniel Cárdenas, dijo que es necesaria decretar la prisión preventiva por la posible pena que arriesgan los imputados que es de 7 años, es decir, de crimen.

El abogado de la víctima, Francisco Bustos, señaló que un procedimiento policial no puede terminar con torturas y descartó que su representado tenga esquizofrenia, como se habría acusado en la audiencia.

Opinión distinta tiene uno de los abogados de los carabineros investigados, Mario Vargas, quien lamentó la solicitud del ente persecutor y enfatizó que los uniformados solo estaban cuidando el orden público durante las manifestaciones.

Otro de los abogados defensores de los uniformados, Nicolás Oxman, sostuvo que la prisión preventiva sería desproporcionada ya que los hechos que se imputan no son constitutivos del delito de tortura, sino que de otros de menor gravedad.

Respecto al requerimiento que pidió Carabineros al Tribunal Constitucional, el organismo jurisdiccional quedó en acuerdo, pero no aprobaron la suspensión del procedimiento.

El tribunal determinó no mostrar los rostros ni dar las identidades de los imputados.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)