La Corte de Apelaciones de Santiago acogió recurso de protección presentado en contra de la isapre Cruz Blanca S.A. por denegar cobertura a tratamiento de radioterapia de alta complejidad que requiere un afiliado que sufre de cáncer a la próstata.

En fallo unánime, la Octava Sala del tribunal de alzada capitalino estableció el actuar arbitrario de la recurrida al no otorgar la cobertura prescrita por el médico por no figurar dicha prestación codificada en el contrato de salud suscrito.

“Que, resulta bastante claro que nos encontramos en presencia de un problema en el que entran en colisión el principio de la salud pública con el principio de la eficiencia en el funcionamiento de las instituciones de salud”, sostiene el fallo.

Así, detalla que “no se puede vulnerar el derecho a la salud, íntimamente vinculado al derecho a la vida, por no existir un código que identifique dicha prestación como aquellas que deben ser bonificadas, ni aun en el caso que no exista la homologación de algún código Fonasa”.