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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Fiscalía y el Consejo de Defensa del Estado apelaron a la postergación de la formalización del alcalde de Coronel, Boris Chamorro, por fraude al Fisco, buscando que la audiencia se realice lo antes posible y no hasta octubre como se había decretado. El caso Embotelladora Llacolén ha sido reprogramado cuatro veces desde diciembre pasado.

La Fiscalía y el Consejo de Defensa del Estado apelaron a la resolución del tribunal que postergó para octubre la formalización del alcalde de Coronel, Boris Chamorro, por fraude al Fisco.

Así las cosas, la decisión de reprogramar la audiencia para una fecha más próxima quedó en manos de la Corte de Apelaciones de Concepción.

Hasta el tribunal de alzada penquista llegó el caso Embotelladora Llacolén, ya que el ente persecutor y la parte querellante buscan que la causa se formalice cuanto antes y no el 26 de octubre como se decretó en el Juzgado de Garantía de Coronel.

Cabe recordar que a raíz de la licencia médica del defensor penal privado del alcalde Boris Chamorro, el abogado Waldo Ortega, se solicitó postergar dicha instancia, siendo aplazada por cuarta vez desde diciembre del año pasado hasta la fecha.

Y si bien en el Consejo de Defensa del Estado comprenden que la elección de la jornada responde a la sobrecarga que tiene la sede penal coronelina, también relevan en la necesidad de comunicar formalmente el delito de fraude al Fisco que imputa el Ministerio Público respecto al jefe comunal, los cuatro exediles René Lucero, Francisco Reyes, Osvaldo Campos y Ariel Durán, además del otrora director jurídico de la Municipalidad, Cristián Pinto.

Al respecto, el abogado querellante, Georgy Schubert, reiteró que los imputados ya cuentan con medidas cautelares respecto de sus bienes, los que se encuentran resguardados.

“Este es un tribunal que tiene una sobrecarga de trabajo. Por lo tanto, entendemos que no es la voluntad del tribunal haberlo dilatado hasta octubre. Pero yo creo que vamos a apelar y solicitar a la Corte de Apelaciones de Concepción que fije una fecha más cercana en nuestro interés que la causa avance. Ya existen, en todo caso, medidas cautelares reales. Es decir, hay bienes que están resguardados para la eventual responsabilidad de los imputados y queremos que esto se resuelva lo antes posible. La primera solicitud fue en diciembre de 2025. Han pasado más de ocho meses”, indicó Schubert.

Otra arista que genera inquietud entre los intrevientes tiene que ver con una eventual prescripción del delito, ya que la condonación a la Embotelladora Llacolén por 1.200 millones de pesos se concretó en 2020, tras una resolución del Concejo Municipal, donde los cuatro ediles de la época dejaron sus cargos en 2024.

Por ello la relevancia, para el vocero del Ministerio Público en el Bío Bío, Mauricio Lártiga, de formalizar la causa, para despejar toda duda en esa materia.

“El riesgo de la prescripción siempre se encuentra, pero la actividad del Ministerio Público también ha tendido a, justamente, impedir que esos plazos de prescripción se cumplan. Y ese es el interés sobre todo del Ministerio Público, de poder seguir instando por que este proceso avance a través de los trámites normales, específicamente que esta audiencia de formalización se realice. Y de esa manera no tener duda alguna en torno a que los plazos de prescripción puedan estar suspendidos hasta la terminación del caso en su completitud”, expuso.

Pese a lo anterior, en el CDE señalaron que el fraude al Fisco tiene una pena de crimen, cuya prescripción podría llegar hasta los 10 años.

De todas formas, la causa quedó en manos de la Corte de Apelaciones de Concepción donde se determinará mantener la audiencia para fines de octubre o adelantarla.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)