Inició el juicio oral contra los ejecutivos de ENAP acusados por los casos de contaminación en Talcahuano y Quintero, en el caso denominado "Crudo Iraní". Por su parte, la empresa acusa sesgo en la investigación.

La mañana de este jueves inició el juicio oral contra seis ejecutivos de ENAP acusados por el caso de contaminación ambiental, conocido como “Crudo Iraní”.

Tres de los ejecutivos corresponden a la refinería Aconcagua, en la región de Valparaíso, mientras que los otros pertenecen a la refinería Bío Bío.

La audiencia partió con dos querellantes menos. Según se informó por parte de la jueza, Karina Mihovilovic, la Municipalidad de Quintero se desistió de la acción legal que había presentado en su momento.

El abogado Leonardo Contreras, que representaba a una docena de afectados de dicha comuna, tampoco llegó a la audiencia.

Las emergencias medioambientales se registraron en agosto de 2018, primero en la bahía de Talcahuano y luego en el cordón industrial de Quintero.

La nube tóxica que generó el episodio de contaminación producto del trasvasije de petróleo iraní, provocó la evacuación del Mall Plaza Trébol y de los pacientes de la Clínica Bío Bío.

En el caso de Quintero, fueron miles las personas que presentaron síntomas de intoxicación, las que fueron atendidas en recintos asistenciales.

El Ministerio Público pide hasta cuatro años de cárcel, y cinco en el caso del Consejo de Defensa del Estado, para los ejecutivos de ENAP por los delitos que van desde la propagación de elementos contaminantes que dañan la salud animal y vegetal, y también la importación de productos altamente contaminantes, como lo es el crudo iraní.

Caso Crudo Iraní: ENAP acusa sesgo en el caso

Tras el inicio de la audiencia, la empresa ENAP emitió un comunicado señalando que contrastará las fechas de embarque, trasvasije y descarga del petróleo, asegurando que no coinciden con los casos de intoxicaciones.

Según la empresa, en este caso existe un sesgo que impide investigar las verdaderas causas de los episodios de contaminación.

“ENAP centrará su defensa basándose, principalmente, en que realizó un único embarque y una operación de trasvasije de crudo (alije) la Bahía de Concepción, bajo todos los estándares internacionales para este tipo de carga de crudo, hecho que fue entre dos embarcaciones el día 4 de agosto de 2018”, indica el comunicado de la estatal.

Agregan que la descarga en el Terminal San Vicente se registró el 5 de agosto de 2018, un día después de las evacuaciones en Concepción.

Cristián Muga, abogado de la empresa, indicó en el documento que “las acusaciones en contra de la empresa tienen un sesgo, lo que impidió investigar sobre los verdaderos causantes de la contaminación en Quintero y Talcahuano”. El abogado agregó que en la carpeta investigativa hay antecedentes suficientes los hechos no tienen relación con la descarga del crudo iraní.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)