La Corte Suprema acogió un recurso a favor de Carlos Peyrin, primer detenido por delitos del estallido social en la región del Bío Bío, y le devolvió el benefició de libertad condicional. El condenado portaba una bomba molotov, por lo que fue detenido en diciembre de 2019 y sentenciado a 3 años y un día de cárcel. Por no participar de los respectivos talleres de reinserción, la Comisión de Jueces había revocado su beneficio, pero ahora podrá cumplir el resto de su pena en libertad.

La Corte Suprema acogió el recurso de amparo interpuesto por la defensa de Carlos Peyrin, primer condenado por delitos del estallido social en la región del Bío Bío, y ordenó mantener el beneficio de libertad condicional.

Peyrin fue detenido en diciembre de 2019 por porte de bomba molotov, siendo finalmente condenado a 3 años y 1 día de cárcel efectiva. Sin embargo, recibió la libertad condicional tras 14 meses de privación de libertad.

El año pasado, la Comisión de Jueces revocó su beneficio luego que no asistiera a talleres de reinserción.

El abogado Esteban Arévalo, quien asumió la defensa de Carlos Peyrin, aseguró que la revocación de la libertad condicional era una medida “excesiva y exagerada”. Además, no se consideraron las obligaciones laborales del condenado.

El fallo del máximo tribunal del país fue en la misma línea, afirmando que “su defensa incorporó un documento que da cuenta que efectivamente se encuentra trabajando, desempeñando una jornada laboral que le impide asistir o conectarse a los talleres que contempla el Plan de Intervención Individual”.

“La decisión revocatoria aparece desproporcionada considerando que no se dio al penado la posibilidad de instar a la modificación horaria de los talleres que comprende el Plan de Intervención Individual, motivo por el cual se acogerá la presente acción”, agrega el texto.

Cabe recordar que, en paralelo, el Juzgado de Garantía de Concepción modificó el carácter efectivo de la pena por la libertad vigilada hace algunos días.