Un análisis a los restos balísticos hallados en las osamentas del conscripto que murió al interior de la Base Naval de Talcahuano en 1975, realizó la familia del joven, quienes esperan con ello poder esclarecer la causa del deceso, que la Armada notificó como un suicidio.

Una diligencia que podría ser determinante para esclarecer la muerte del conscripto Luis Alberto Villegas en 1975, en la Base Naval de Talcahuano -región del Bío Bío-, fue solicitada en el marco de la causa por derechos humanos. Se trata de un peritaje por trazas de pólvora encontradas en los restos óseos de la víctima.

La investigación por la muerte del joven de 19 años fue reabierta el año pasado por el ministro en visita de derechos humanos, Carlos Aldana, después que hace 20 años se decretara el sobreseimiento del caso.

El uniformado desapareció de la Base Naval de Talcahuano, donde realizaba el servicio militar en 1975, siendo encontrado sin vida un año después en la misma unidad de la Armada, informándose entonces que se había suicidado.

El abogado de la familia, Patricio Robles, informó que solicitó al ministro Aldana un metaperitaje para analizar los restos balísticos halladas en las osamentas en 2002. Indicio que podría probar un homicidio y descartar el suicidio que la Armada informó como causa de muerte en 1976.

La hermana de la víctima, Nélida Villegas, señaló que recién ahora conocieron que el Servicio Médico Legal encontró restos de pólvora, por lo que esperan encontrar la verdad con la diligencia solicitada, ya que jamás han creído que se trate de un suicidio.

El caso de Villegas es una de las emblemáticas causas por violación de derechos humanos aún en investigación en la región.

En ese contexto, en noviembre el ministro Aldana dirigió una reconstitución de escena que incluyó a los superiores del conscripto al momento de su desaparición.

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Archivo de reconstitución de escena por muerte de conscripto | Poder Judicial
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)