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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

El Segundo Tribunal Ambiental escuchó alegatos por el archivo de denuncias sobre el saneamiento de Las Salinas, donde la Superintendencia del Medio Ambiente fue cuestionada por no exigir un Plan de Monitoreo Participativo válido.

El Segundo Tribunal Ambiental oyó los alegatos de las partes en las causas acumuladas por el archivo de denuncias asociadas al saneamiento de Las Salinas, en una revisión judicial que busca establecer si la Superintendencia del Medio Ambiente actuó conforme a derecho al cerrar las denuncias presentadas entre 2022 y 2023 contra el proyecto de Inmobiliaria Las Salinas.

En representación del municipio de Viña del Mar, el abogado Rodrigo Peillard sostuvo que la Superintendencia del Medio Ambiente archivó sin fundamento las denuncias, al no exigir de forma válida el Plan de Monitoreo Participativo ni permitir al municipio definir a los actores del muestreo, por lo que pidió suspender las faenas y retrotraer el proceso.

“Por lo tanto, se encontraría abiertamente contraviniendo lo que resolvió el Comité de Ministros al momento de modificarla. En este sentido me gustaría detenerme en que efectivamente la resolución del Comité de Ministros modifica la resolución de calificación ambiental número 24 del año 2020″, afirmó.

Ante esto, la SMA pidió rechazar ambas reclamaciones, señalando que validó técnicamente el Plan de Monitoreo Participativo, que el proyecto no inició obras antes de contar con ese instrumento y que los episodios denunciados no constituyeron infracciones porque la ejecución aún no comenzaba.

Así lo precisó su abogado, Francisco Sepulveda, acotando que “si bien en el proceso de evaluación ambiental se dice que la SMA debe autorizar, la Superintendencia del Medio Ambiente, por un tema legal, incluso constitucional, no puede asumir potestades que no estén entregadas a su competencia. Por lo tanto, la SMA efectivamente no podía autorizar este programa de monitoreo participativo”.

Por su parte, el abogado John Parada, representante del vecino de la comuna, Gonzalo Pavéz Sepúlveda, aseveró que “esta parte expuso ante los ministros el actuar ilegal de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), que ha permitido que se ejecuten obras en el paño Las Salinas del proyecto de la Inmobiliaria Las Salinas sin que se adopten las medidas necesarias para proteger el medio ambiente”.

“La misma Superintendencia ha reconocido lo que esta parte ha venido exponiendo desde hace un tiempo: que no existe un programa de monitoreo participativo aprobado por la misma Superintendencia”, agregó Parada.

A ello, sumó que “esperamos que el Tribunal Ambiental deje sin efecto esta resolución ilegal de la Superintendencia y de una vez por todas proteja el medio ambiente y la salud de las y los viñamarinos”.

En esta línea, el Segundo Tribunal Ambiental deberá resolver si la tramitación del Plan de Monitoreo Participativo fue suficiente para habilitar el inicio de las obras en Las Salinas.

lo anterior, luego de revisar que la empresa presentó una versión complementada en abril de 2024, que la Superintendencia del Medio Ambiente validó con observaciones el 30 de julio

Tras los alegatos, el Segundo Tribunal Ambiental dejó la causa sin resolución por lo que deberá decidir si mantiene el archivo de cuatro denuncias por presencia de hidrocarburos, eventual inicio anticipado de obras, muestreos presuntamente no autorizados y exposición de tuberías no declaradas.