La Red Laical de Valparaíso pedirá formalmente al Obispado de Valparaíso que continúe la investigación que fue archivada por el Vaticano, por las denuncias de presunto abuso sexual de un menor de edad contra el presbítero Jaime Astorga, ocurridas entre los años 1968 y 1974.

En un comunicado, el Obispado informó que la Congregación de la Doctrina de la Fe resolvió archivar la causas contra el hombre de 92 años de edad, removiendo las medidas cautelares que pesaban en su contra.

El argumento de la decisión, según señala la misiva, es que respetando la ley canónica, no cuentan con medios de prueba distintos a la sola declaración del denunciante, que ya ha prescrito. Incluso advierten que si en el futuro se recibieran nuevas denuncias contra el sacerdote, la Congregación ha pedido que éstas se envíen a través de la Diócesis de Valparaíso.

Para la Red de Laicos de la ciudad puerto, aquí empiezan las contradicciones. El Papa Francisco sacó un documento en julio de este año llamado el Vademécun, que pone reglas a los procesos canónicos de denuncias de abuso y violación y cuestiona la idea de la prescripción de este tipo de delitos sexuales.

La vocera de la Red Laical de Valparaíso, Karla Huerta, indicó que la edad o la salud del clérigo debió haber jugado un rol, pero también debieron considerar el daño a la víctima, criticando que se califique el testimonio de la víctima como un medio de prueba insuficiente.

“Lo que están pidiendo es que hayan más víctimas, lo que ya es horrendo, es como si una víctima no fuera suficiente para hacer justicia”, manifestó la vocera.

Con la decisión de la congregación, se termina toda investigación de acuerdo al código de derecho canónico, situación que ya será notificada a Astorga.

En tanto, la Red de Laicos considera que había suficientes antecedentes para que se tomara en serio este caso, considerando que contó con la presunción de verosimilitud para que pudiera salir de Chile y ser enviado al Vaticano.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)