El Servicio de Salud Aconcagua tendrá que indemnizar con 230 millones de pesos a los padres y abuelos de un niño de seis años que quedó con secuelas neurológicas irreversibles al asfixiarse con el cordón umbilical al nacer en el Hospital San Camilo de San Felipe en 2012.

La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de casación en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones Valparaíso, ratificando la falta de servicio en la asistencia del parto, calificado como de alto riesgo.

Lo anterior debido a que entonces la madre tenía 16 años y porque se estableció que durante todo el proceso no hubo un médico obstetra.

Según el fallo, el 5 de julio de 2012, una estudiante en práctica fue quien realizó la maniobra para extraer al menor desde el vientre por orden de una matrona. Su cuello venía enrollado en el cordón umbilical y la alumna lo habría tirado de forma abrupta, no atreviéndose a sacar el cordón después.

Finalmente, la acción fue concretada por la matrona, quien tras retirar al bebé y ponerlo sobre el pecho de la madre, comprobó que este no lloraba y se encontraba en estado semiinconsciente.

Tras ser llevado a la sala de reanimación y neonatología, el niño sufrió convulsiones y un paro cardíaco. Además se le hizo un examen de estreptococo que mostró la presencia de esta bacteria. El pequeño estuvo hospitalizado 13 días en Santiago, luego derivado nuevamente a San Felipe y, finalmente, dado de alta el 24 de julio de 2012.

Después de un largo camino de terapias y derivación a la Teletón, el niño ha sufrido episodios de epilepsia y tiene un retraso psicomotor -entre otras secuelas neurológicas irreversibles- para toda su vida.